Centro Público
de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias
Es el órgano especializado del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Campeche, facultado para el ejercicio de los mecanismos alternativos de solución de controversias, de conformidad con lo dispuesto en la LEY GENERAL DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
Misión
Garantizar a toda persona el acceso efectivo a una justicia distinta a la jurisdiccional, de forma confidencial, neutral, independiente, flexible, igualitaria, legal, pronta y expedita, propiciando la avenencia entre las partes de manera voluntaria, pacífica y benéfica para ambas; a través de mecanismos alternos para la solución de controversias.
Visión
Constituirnos en un Centro Público de impartición de justicia administrativa, para dirimir los conflictos conforme a los mecanismos alternativos de solución de controversias, otorgando certeza y seguridad jurídica, con base al diálogo, buena fe y respeto mutuo.
Valores del Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Campeche
Gratuidad
Otorgar los servicios de manera gratuita para las partes involucradas.
Confidencialidad
Garantizar la confidencialidad de la información generada durante el proceso de mecanismos alternativos de solución de controversias en materia administrativa
Eficacia
Resolver los conflictos de manera eficiente y efectiva.
Justicia
Promover el acceso a la justicia, bajo el principio de justicia abierta, con el objeto de fomentar la cultura de solución de controversias, con la equidad en la resolución de conflictos.
Transparencia
la información generada respecto de los mecanismos alternativos de solución de controversias será tratada en atención a lo establecido en las disposiciones de la materia.
Información
Dotar de información a las partes de manera clara y completa sobre el proceso y sus posibles resultados
Respeto
Promover un trato digno y respetuoso a los derechos humanos de todas las partes involucradas.
Profesionalismo
Las personas facilitadoras deben estar certificadas y capacitadas realizar los procedimientos de los mecanismos alternativos de solución de controversias.
Imparcialidad
Mantener una posición neutral y no alinearse con ninguna de las partes involucradas en el conflicto.
Empoderamiento
Empoderar a las partes involucradas para que tomen decisiones informadas y resuelvan sus conflictos de manera efectiva.
Voluntariedad
las partes concurrirán de manera voluntaria y libre, sin presiones o coacciones.
Flexibilidad y simplicidad
Los procedimientos deben ser ágiles y sencillos, evitando formalismos innecesarios, salvo lo establecido en las disposiciones de la materia.
